Por medio de la acordada 32/2014, publicada en el B. O. DEL 3/11/14, la Corte Suprema de Justicia de la Nación creó el Registro Público de Procesos Colectivos radicados ante los tribunales del Poder Judicial de la Nación, que funcionará con carácter público, gratuito y de acceso libre, en el ámbito de la Secretaría General y de Gestión de la Corte.
En el fallo “Municipalidad de Berazategui c/ Cablevisión S.A. s/ amparo”, había resaltado la necesidad de crear un registro de esta naturaleza a raíz del incremento de causas colectivas con idénticos o similares objetos que provienen de diferentes tribunales del país, con el fin de evitar el escándalo jurídico o decisiones de un tribunal que interfieran en la jurisdicción que está ejerciendo otro órgano judicial.
Destacó que este procedimiento, destinado a la publicidad de los procesos colectivos, tienen por objeto preservar un valor eminente como la seguridad jurídica, en la medida en que propende a asegurar eficazmente los efectos expansivos que produce en esta clase de procesos la sentencia definitiva pasada en autoridad de cosa juzgada, además de perseguir la apropiada tutela de los derechos de todas las personas que no han tomado participación en el proceso.
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