AFIP – nuevas fechas de vencimiento general para el año calendario 2015

Por medio de la Resolución General 3701/14, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció nuevas fechas de vencimiento general para el año calendario 2015.

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Establécense para el año calendario 2015 las fechas de vencimiento general que, para cada una de las normas que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente:
1. Resolución General Nº 393 (DGI), Artículos 1° y 2°.
2. Resolución General Nº 3.638 (DGI), Artículo 5°.
3. Resolución General Nº 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, Artículo 15.
4. Resolución General Nº 4.059 (DGI), sus modificatorias y complementarias, Artículos 13 y 16.
5. Resolución General Nº 4.131 (DGI) y sus modificaciones, Artículo 11.
6. Resolución General Nº 327, sus modificatorias y complementarias, Artículo 23.
7. Resolución General Nº 715 y sus complementarias, Artículo 7°.
8. Resolución General Nº 975, sus modificatorias y complementarias, Artículo 7°.
9. Resolución General Nº 1.166, sus modificatorias y sus complementarias, Artículo 8°.
10. Resolución General Nº 1.307 y sus modificaciones, Artículo 3°.
11. Resolución General Nº 1.745 y su modificación, Artículo 10.
12. Resolución General Nº 1.772, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 8°.
13. Resolución General Nº 2.011, sus modificatorias y complementarias, Artículos 6° y 15.
14. Resolución General Nº 2.045 y sus complementarias, Artículos 2° y 7°.
15. Resolución General Nº 2.111, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 11.
16. Resolución General Nº 2.151, su modificatoria y complementarias. Artículos 6°, 23 y 33.
17. Resolución General Nº 2.195 y su complementaria, Artículos 4° y 7°.
18. Resolución General Nº 2.217, sus modificatorias y complementarias, Artículo 32.
19. Resolución General Nº 2.233, sus modificatorias y complementarias, Artículo 2°.
20. Resolución General Nº 2.250 y su modificación, Artículos 5° y 7°.
21. Resolución General Nº 2.746, sus modificatorias y sus complementarias, Artículos 14, 17 y 29.
22. Resolución General Nº 2.825, Artículo 6°.
23. Resolución General Nº 2.888 y sus complementarias, Artículo 5°.
24. Resolución General Nº 3.018 y su complementaria, Artículo 9°.
25. Resolución General Nº 3.077 y sus complementarias, Artículo 6°.
26. Resolución General Nº 3.293 y su complementaria, Artículo 6°.
27. Resolución General Nº 3.362, Artículos 4° y 7°.
28. Resolución General Nº 3.451, Artículo 10.
29. Resolución General Nº 3.693. Artículo 5°, incisos a) y b).
Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO