La Cámara de Casación reafirma el derecho constitucional de protección de la fuente periodística bajo el secreto profesional

SÍNTESIS.- Rechaza el recurso presentado por un financista contra la sentencia que había desestimado su denuncia contra un periodista y un medio gráfico por la supuesta comisión del delito de violación de secreto previsto en el art. 22 de la Ley 25.246 (de Lavado de Activos y Creación de la Unidad de Información Financiera), en referencia a la publicación de dos notas periodísticas en las que se menciona al denunciante y en las cuales se habría consignado información confidencial supuestamente extraída de un Reporte de Operación Sospechosa que se estaría tramitando en la UIF. En el decisorio se reafirma el principio constitucional que establece el secreto profesional de los periodistas en cuanto a sus fuentes de información dado que señala que, en el caso, la única vía de investigación que podría resultar útil para el descubrimiento de la verdad de los hechos pesquisados conlleva el riesgo de afectar el derecho del periodista a preservar en secreto a la fuente.

Santoro y otro s/ recurso de casación, Cámara Federal de Casación Penal, 30/05/2016

Ver fallo completo

Fuente: Sistema Argentino de Información Judicial