Jurisprudencia de la CAPCyF: Traductores públicos. Regulación de honorarios.

Procedimiento penal. Regulación de honorarios. Oportunidad procesal. Traductores públicos.

SUMARIO. En el caso, corresponde rechazar el agravio que tilda de prematura la regulación de honorarios profesionales de la perito traductora. En efecto, la ley aplicable para la regulación de los honorarios de los traductores públicos (Ley 20305) no determina que la misma deba practicarse en momento procesal alguno, menos aún que deba hacerlo al dictarse sentencia.
Resulta lógico regular los honorarios de los peritos una vez que haya finalizado su tarea. Si bien en la presente, es posible que aun pueda requerirse de la perito, las circunstancias particulares del desarrollo del proceso, hacen que el momento escogido por la «a quo» resultó oportuno. Ello así, toda vez que pese a haber sido citado, el imputado no ha comparecido ni existe fecha firme en que vaya a celebrarse la audiencia de juicio.

Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 9431-02-CC-14. Autos: Bargig, Shalom Sala I. Del voto de Dra. Elizabeth Marum, Dr. Pablo Bacigalupo con adhesión de Dr. Fernando Bosch. 10-06-2015.

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