Modificaciones en el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo

Por Resolución 866/2015 (B.O. 13/4/2015), de la Secretaría de Empleo, se modificó el Reglamento del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.

La medida obedece a la conveniencia de «fortalecer y dinamizar la oferta de prestaciones ofrecida a las y los jóvenes participantes del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO y de promover una mayor intervención de los municipios en la generación de tales prestaciones, resulta pertinente incluir a la Dirección de Gestión Territorial, dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo, en el proceso de gestión, evaluación y administración de las Propuestas de Ejecución de los cursos antes mencionados.» Asimismo, la norma indica que «…a fin de simplificar y agilizar el circuito administrativo de implementación de las Propuestas de Ejecución de Cursos de Introducción al Trabajo y de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social y de mejorar sus instancias de control, resulta pertinente poner en cabeza de las Instituciones Ejecutoras la obligación de conformar un legajo con los antecedentes curriculares de las personas a su cargo que intervienen en la administración y dictado de los cursos, el cual deberá estar a disposición de esta Secretaría y de los órganos de control previstos por el Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, desde la presentación de la Propuesta y hasta DIEZ (10) años después de la finalización de su ejecución.»

EL SECRETARIO DE EMPLEO RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el inciso 7) del artículo 116 del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764/2011 y modificado por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.370/2014, por el siguiente: “7) conformar un legajo con los antecedentes curriculares y laborales de los coordinadores técnicos, coordinadores administrativos, capacitadores y auxiliares de capacitadores que intervengan en la ejecución de una Propuesta a su cargo, garantizando que reúnan los perfiles definidos por la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA. Dicha documentación deberá estar disponible para su cotejo por la SECRETARÍA DE EMPLEO y los distintos órganos de control previstos por el presente Reglamento, desde la presentación de la Propuesta y hasta DIEZ (10) años después de la finalización de su ejecución;”
Art. 2° — Sustitúyese el artículo 118 del Reglamento del PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764/2011 y modificado por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.370/2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 118.- Procedimientos especiales. Cuando sean municipios los que participen como Instituciones Ejecutoras de Cursos de Introducción al Trabajo o de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social, la Dirección de Gestión Territorial, dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo, podrá asumir las funciones asignadas en el presente Capítulo a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA. Las Propuestas que se ejecuten a través de este procedimiento especial deberán integrar la planificación de prestaciones convalidada por la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA en el marco de lo previsto por el artículo 92 del presente Reglamento, y contar con la conformidad de la citada Subsecretaría para su aprobación. Cuando cuestiones operativas lo requieran, la SECRETARÍA DE EMPLEO podrá instrumentar la realización de los cursos descriptos en el presente Capítulo a través de convenios con las Instituciones Ejecutoras.”
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Matías Barroetaveña.