Modificación al sistema “Declaración en Línea”. Procedimiento para la generación de declaraciones juradas vía “Internet”

En atención a que el «grado de avance alcanzado en el desarrollo de los procesos informáticos permite ampliar el universo de los sujetos que utilizarán el sistema Declaración en Línea, en forma progresiva hasta alcanzar a la totalidad de los empleadores», la AFIP dictó la Resolución General 3758 (B.O. 6/4/2015), por la cual modificó la Resolución General N° 2.192, que aprobó el sistema “Declaración en línea”, el cual permite -a través del sitio “web” institucional- la confección de las declaraciones juradas determinativas de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, mediante el acceso a la información actualizada existente en el servidor de este Organismo.

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase la Resolución General N° 2.192, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación: a) Sustitúyense en el segundo párrafo del Artículo 1° las expresiones “CIEN (100)” y “DOSCIENTOS (200)”, por las expresiones “DOSCIENTOS (200)” y “TRESCIENTOS (300)”, respectivamente. b) Sustitúyense en el tercer párrafo del Artículo 1° las expresiones “CIENTO UNO (101)”, “DOSCIENTOS (200)” y “CIEN (100)”, por las expresiones, “DOSCIENTOS UNO (201)”, “TRESCIENTOS (300)” y “DOSCIENTOS (200)”, respectivamente. c) Sustitúyese en el Artículo 2° la expresión “DOSCIENTOS (200)”, por la expresión “TRESCIENTOS (300)”.
Art. 2° — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados abril de 2015 y siguientes.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.