Se prorrogaron nuevamente los plazos de la ley 26.860 para exteriorizar voluntariamente la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior

Por medio del decreto 1705/2014, publicado en el B.O. del 1/10/14, se prorrogaron nuevamente los plazos establecidos por la ley 26.860 por TRES (3) meses calendario a partir del 1° de octubre de 2014, para la exteriorización en forma voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, y acogerse a los beneficios que establece la ley.

Dichos plazos fueron extendidos anteriormente a través de los Decretos Nros. 1503/13, 2170/13, 440/14 y 1025/14 por TRES (3) meses calendario, a partir del 1° de octubre de 2013, del 1° de enero de 2014, del 1° de abril de 2014 y del 1° de julio de 2014, respectivamente.