El «Subsidio de Contención Familiar» será de $6.000.

Así se dispuso mediante decreto 1399/2015, publicado en el Boletín Oficial del 24/7/2015.

La norma alude al subsidio creado por decreto 599/2006, denominado «Subsidio de Contención Familiar» por fallecimiento de beneficiarios del Régimen Nacional de Previsión instituido según las disposiciones de las leyes 18.037 y 18.038, de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al ámbito Nacional, excepto las correspondientes a Policías y Servicios Penitenciarios de las respectivas provincias, del ex Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones -actual Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)-, que perciban prestaciones cuyo haber se encuentre compuesto en todo o en parte con fondos provenientes del Régimen Previsional Público, de las pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, de los familiares a cargo de los beneficiarios citados precedentemente, que se encuentren afiliados al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y de otros afiliados al mencionado Instituto que cumplimenten los requisitos de acuerdo a lo normado en los artículos 7° y 8° del citado decreto 599/2006.

El subsidio en cuestión, que había sido establecido en la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000), se incrementará y pasará a ser de seis mil pesos ($6.000) con motivo de que «…a la fecha dicha suma requiere ser actualizada en relación con los gastos que ocasiona el fallecimiento de un beneficiario previsional…» conforme se explicita en los considerandos de la norma en comentario.