Aportes para las campañas electorales

Por Resolución 1494/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (B.O. 17/7/2015) se determinó el monto global del aporte de campaña para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias convocadas para el 9 de agosto de 2015, en la suma de $ 100.000.000, y asimismo, se estableció la distribución de tal aporte para las distintas categorías de candidatos.

A continuación, la parte dispositiva de la norma.

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Determínase como monto global para el aporte de campaña para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias convocadas para el 9 de agosto de 2015, la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000).
Art. 2° — Del monto global, asígnase la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000), para las categorías de PRESIDENTE y VICEPRESIDENTE DE LA NACIÓN y DIPUTADOS NACIONALES, respectivamente, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), para la categoría de SENADORES NACIONALES y la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000) para las categorías de PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR de los distritos Nacional y Regionales para cada una de éstas.
Art. 3° — La DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL dispondrá la distribución de los mencionados aportes entre las agrupaciones políticas que participen en cada una de las categorías y efectivizará las sanciones que la Justicia Nacional Electoral imponga a las agrupaciones políticas que correspondan de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del Decreto Nº 936/10.
Art. 4° — La DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL informará a la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE el monto de los aportes y la nómina de Partidos Políticos y Alianzas a favor de las cuales deberán efectuarse las liquidaciones.
Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se afectará al Presupuesto vigente de acuerdo a la siguiente imputación: Programa 16, Actividad 3, Fuente de Financiamiento 11 – Inciso 5, Partida Principal 1, Parcial 7, de la Jurisdicción 30, MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE – SAF 325, correspondiente al Ejercicio Financiero 2015.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro y archívese. — Julio C. Alak.