Apreciación judicial de las pruebas rendidas en la instancia del TFN

Con fecha 9 de marzo del corriente, el sitio www.cronista.com publicó el artículo titulado «Medidas cautelares con el propósito de evitar el efecto devolutivo del recurso de revisión y apelación limitada», de la abogada Laura Karschenboim, quien, refiriéndose a la vía recursiva de los pronunciamiento dictados por el Tribunal Fiscal de la Nación, expresó que «Si bien el recurso de revisión y apelación limitada se encuentra en cierta forma restringido en cuanto a lo atinente a la revisión de los hechos y las pruebas sustanciadas en la instancia administrativa del TFN, ello, en ningún modo implica que la revisión judicial no pueda valorar aquellos elementos, no sólo cuando se hayan omitido incorporar al proceso determinados hechos probatorios conducentes para resolver la cuestión en debate, sino ante supuestos de arbitrariedad, ilegalidad o irrazonabilidad en la apreciación de aquéllos.»

La Dra. Karschenboim efectúa un pormenorizado análisis del tema, incluyendo jurisprudencia de la CSJN y normativa aplicable, y proponiendo el instituto de la medida cautelar como remedio a fin de evitar posibles consecuencias negativas para los particulares en caso de que el TFN no efectúe «una auténtica y seria ponderación de los argumentos vertidos por el contribuyente», o bien realice una apreciación de las pruebas de la causa sin precisar «la relevancia que se le pudiera asignar en orden a la determinación practicada por el organismo fiscal».

 

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Fuente: www.cronista.com