Se disminuyó la alícuota del Impuesto Adicional de Emergencia sobre los cigarrillos

Por medio del Decreto 237/15, publicado en el B.O. del 27/02/2015, se disminuyó la alícuota del VEINTIUNO POR CIENTO (21%) establecida en el Artículo 1° de la Ley N° 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos y sus modificaciones, estableciéndose la misma en el SIETE POR CIENTO (7%).

Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, ambas fechas inclusive.