COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77. Resolución General 13/2014, suspensión de plazos procesales

Mediante la Resolución General 13/2014 (B.O. 4/12/2014), se dispuso la suspensión de los plazos procesales de las actuaciones en trámite ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77, durante el mes de enero de 2015 y en los días de asuetos administrativos nacionales que fije el Poder Ejecutivo Nacional.

Esta medida, tiene por finalidad promover la armonización de la normativa procedimental en orden a la suspensión de plazos procesales que habitualmente disponen para el mes de enero varias jurisdicciones adheridas, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido.

La parte resolutiva de la norma reza:

Artículo 1° — Suspéndanse en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77, los plazos procesales durante el mes de enero de 2015 y en los días de asuetos administrativos nacionales, incluidos los parciales, que el Poder Ejecutivo Nacional establezca para el mes de diciembre de 2014. Todo ello sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen.

Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A. Salinardi.