Resolución ministerial 38.632/2014 (B.O. 14/10/14) intercambio automático de información entre aseguradoras de cuentas financieras con otras jurisdicciones

Por medio de la resolución ministerial 38.632/2014 (B.O. 14/10/14), se estableció, en el marco del compromiso que ha asumido la República Argentina a través de la suscripción a la “Declaración sobre Intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales” desarrollado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y las disposiciones vinculadas a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (“Foreign Account Tax Compliance Act” – FATCA) de los Estados Unidos de América, que las Entidades Aseguradoras alcanzadas conforme lo dispuesto en el Artículo 4° de la resolución, deberán arbitrar las medidas necesarias para identificar a los clientes y sus beneficiarios alcanzados por dicho estándar. A esos efectos, los legajos de tales clientes y sus beneficiarios en poder de las entidades aseguradoras deberán incluir, en el caso de personas físicas (comprendiendo también aquellas que resulten controlantes de entidades no financieras del país alcanzadas) la información sobre su nacionalidad, país de residencia fiscal y número de identificación fiscal en ese país, domicilio, lugar y fecha de nacimiento. En el caso de las personas jurídicas y otros entes, la información deberá comprender su país de residencia fiscal, número de identificación fiscal en ese país y domicilio.

Las entidades alcanzadas son:

1. Seguros de vida, con excepción de las siguientes coberturas:

I. Seguros colectivos de vida obligatorios.

II. Seguros colectivos de saldo deudor de acuerdo a la Resolución SSN Nº 35.678, de fecha 22 de marzo de 2011, o la que en el futuro la modifique.

2. Seguros de retiro, con excepción de las siguientes coberturas:

I. Seguros de Rentas vitalicias previsionales (derivadas de la ley Nº 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones).

II. Seguros de rentas derivadas de la ley de Riesgos del Trabajo (régimen previsto en la ley Nº 24.557, previo a la modificación instrumentada por la ley Nº 26.773).

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