Intimación del Fisco a empresas exportadoras por diferencias en concepto de percepción del impuesto a las ganancias.

Mediante la Resolución General AFIP N° 3577/2014 (publicada el 7/1/2014) se estableció un Régimen de Percepción en el Impuesto a las Ganancias, aplicable a las operaciones de exportación para consumo de mercaderías en las que los países de destino físico de la misma difieran de aquellos en los que se encuentran domiciliados los sujetos del exterior, a quienes se le facturaron dichas operaciones de exportación.

Tal como lo ha informado el sitio Despachantes Argentinos, en los últimos días, la Aduana ha enviado a los Exportadores que oficializaron Destinaciones de Exportación el día 7 de enero del presente año (fecha de publicación y de entrada en vigencia de la resolución referida), una notificación mediante SICNEA, en la cual se intima el pago de la Percepción del Impuesto a las Ganancias en relación a los permisos de embarque alcanzados por la mencionada norma.

A fin de poder efectivizar el pago, los exportadores que hubieren sido notificados, deberán depositar el dinero correspondiente en la Subcuenta Exportador/Despachante, y presentar luego una Multinota dirigida a la Sección Registro de Exportación (Azopardo 350, Planta Baja), en la que se autorice a la Aduana a utilizar los fondos para proceder a concretar el pago del monto devengado en el mencionado concepto. Juantamente con la Multinota, deberán adjuntarse la copia del respectivo permiso de embarque y la impresión de la pantalla de la Subcuenta, donde conste la existencia de fondos para concretar la operación.

Para estimar el monto a pagar, se debe tomar además del 0.5% del Impuesto, un interés mensual del 3%, devengado desde el momento en que venciera el plazo para el pago de los Derechos de Exportación.

Ver texto notificación SICNEA

Texto completo de la Resolución General AFIP N° 3577/2014

Fuente: despachantesargentinos.com