Nuevas excepciones al ASPO en Bs. As., Neuquén, Santa Fe y Mendoza. Se autorizan las profesiones liberales en algunos municipios

Por medio de las Decisiones Administrativas 968 y 975, publicadas en el Boletín Oficial del 5/06/2020, se exceptuó del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en los artículos 4° y 5° del Decreto N° 459/20 y en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones indicados, exclusivamente en los siguientes ámbitos geográficos:

JURISDICCION: PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: TRES DE FEBRERO

ACTIVIDADES:
• Fabricación de calzado

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: SAN FERNANDO

ACTIVIDADES:
• Mantenimiento y reparación de aeronaves, sus actividades accesorias, vuelos
sanitarios

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: MORON

ACTIVIDADES:
• Oficinas de «Edenor» con atención al público, Ciudad de Morón, Partido de
Morón, Pcia De Bs As

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: MARCOS PAZ

ACTIVIDADES:
• Aluminio y metales

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: LUJAN

ACTIVIDADES:
• Servicio de gestores
• Servicio de técnicos
• Comercios con atención al público (con excepción de: Indumentaria, Calzado,
Casas de Deportes, Accesorios, Regalería y Juguetería)
• Concesionarias de vehículos

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: LOMAS DE ZAMORA

ACTIVIDADES:
• Arquitectos y Agrimensores

• Contadores, Abogados, Escribanos, Martilleros
• Fonoaudiólogos
• Kinesiólogos
• Nutricionistas
• Podólogos
• Gestores.
• Talleres de reparación y mantenimiento de vehículos.
• Mantenimiento domiciliario
• Locales Gastronómicos: Restaurantes, Bares y Heladerías (bajo modalidad
Take Away o retiro en puerta del local).
• Pinturerías, venta de materiales eléctricos, venta de productos de madera,
venta de aberturas, ventas de cerámicas y/o sanitarios, casas de repuestos
para el automotor y viveros (bajo modalidad de take away o retiro en puerta del
local).

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: HURLINGHAM

ACTIVIDADES:
• Servicios médicos (kinesiólogos, fisiatras, podólogos).
• Profesionales liberales y/o colegiados (contadores, abogados, ingenieros,
arquitectos, agrimensores, psicólogos, gestores, martilleros, y corredores
inmobiliarios).
• Comercios minoristas y servicios personales (técnicos, costureros y lavaderos
de autos).
• Gastronomía bajo la modalidad entrega pactada.

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: GENERAL LAS HERAS

ACTIVIDADES:
• Profesionales no médicos (escribanos, contadores, abogados, martilleros,
corredores públicos, gestores).
• Inmobiliarias.

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: CORONEL BRANDSEN

ACTIVIDADES:
• Industria química y petroquímica.

QUILMES

•Abogados, escribanos, contadores
•Servicios de mantenimiento: jardineros y pileteros
•Servicios vinculados al transporte: venta de repuestos de automotor y afines
•Empresas privadas de transporte de pasajeros
•Actividades comerciales con modalidad de retiro en puerta

MORON

•Escribanos.
•Profesionales de Ciencias Económicas.
•Abogados.

MORENO
•Escribanías

MARCOS PAZ
•Podología.
•Ortopedia.
•Profesionales de la salud (kinesiología, fonoaudiología, nutrición, psicología y psicopedagogía).
•Administración de instituciones privadas de educación, asociaciones civiles, deportivas,
•culturales (sólo cobro de cuotas y gestiones administrativas).
•Reparación y mantenimiento de artefactos eléctricos con retiro y entrega a domicilio.
•Servicios profesionales (jurídico, notarial, agrimensura, arquitectura, ingeniería, inmobiliarias y
seguros).

LUJAN
•Kinesiología

LANUS
•Venta al por menor de artículos de bazar y menaje.
•Venta al por menor de muebles y colchones.
•Venta al por menor de electrodomésticos.
•Venta al por menor de papel, cartón y artículos de librería.
•Venta al por menor de artículos de relojería y joyería.
•Kinesiología.
•Podología.
•Actividad notarial.

LA PLATA
•Contadores públicos.
•Productores de flores de corte y plantas ornamentales.

GENERAL SAN MARTIN
•Inmobiliarias.
•Institutos de enseñanza privada (solo para cobro de aranceles).

ESTEBAN ECHEVERRIA

  • Industria automotriz y autopartes
  • Fabricación de productos metalúrgicos, maquinaria y equipos
  • Fabricación de la industria química y petroquímica
  • Plásticos y subproductos
  • Gráficas, ediciones e impresiones

CAÑUELAS

•Escribanías.
•Asociación de abogados de Cañuelas.
•Fabricación de metales comunes.

VICENTE LOPEZ
•Productos textiles
•Indumentaria
•Bicicletas y motos
•Fabricantes de vidrio
•Pintura

GENERAL PUEYRREDON
•Nutricionistas.

JURISDICCION: SANTA FE

DEPARTAMENTO/PARTIDO/AGLOMERADO: SANTA FE

ACTIVIDADES:
Actividad de bares y restaurantes, en todo el territorio provincial, conforme lo siguiente:
a) Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente hasta un máximo del 50% de la capacidad de los locales;
b) Arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;
c) Uso obligatorio y de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.

PROVINCIA DE NEUQUEN

  1. Locales gastronómicos, bares y restaurantes.
  2. Gimnasios, talleres de pilates, centros de yoga, reiki, taichi, y otros similares.
  3. Natatorios.
  4. Talleres y seminarios formativos de danzas y otras disciplinas artísticas, sin apertura al público.
  5. Bibliotecas Populares.

PROVINCIA DE MENDOZA
•Gimnasios y Deportes individuales

En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad, servicio o profesión exceptuados por la presente.

Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.