La C.S.J.N. se declaró incompetente por la via de su competencia originaria en una causa impositiva

“Dezacor S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de y otra s/acción declarativa de certeza”, CSJN, 24/09/15.

SUMARIO.- Impuesto sobre los ingresos brutos. Provincia demandada. Competencia originaria de la C.S.J.N. Renuncia tácita.

En el presente caso, el Tribunal no admitió la radicación de la causa en competencia originaria de la Corte, porque entendió que la solicitud de medidas cautelares en instancias anteriores, su concesión, y la falta de cuestionamiento o reserva constitucional por parte de la provincia demandada, importaba por parte suya una renuncia tácita al derecho previsto en el art. 117 de la Constitución Nacional.

Sumario realizado por la Dra. Carolina Petraglia

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