Se dejaron transitoriamente sin efecto impuestos establecidos para determinadas operaciones.

Conforme las facultades otorgadas por el artículo incorporado sin número a continuación del Artículo 14 del Título I de la ley N° 24.674 de Impuestos Internos y sus modificaciones, que autoriza al Poder Ejecutivo a modificar (aumentar, disminuir o bien dejarlos sin efecto en forma transitoria) los gravámenes previstos en dicha ley, cuando así lo aconseje…