Nueva modalidad de notificación fehaciente de actos dictados por la IGJ

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Se ha habilitado un modo alternativo de notificación fehaciente de actos dictados por la Inspección General de Justicia con el fin de lograr mayor celeridad en los procesos administrativos que conforman la labor del organismo.

Motivada por la profundización de las funciones de fiscalización del organismo, la Resolución General IGJ N° 03/2014 -publicada en el Boletín Oficial del día 11/12/14- modifica el artículo 12 del Anexo «A» de la Resolución General I.G.J. Nº 7/2005, estableciendo que se tomará como válida, además de la notificación a través de cédula, el oficio impuesto como certificado expreso con aviso de recepción de las providencias y resoluciones que:

  • Confieran vistas o traslados, salvo se indique expresamente que la notificación será personal por Mesa de Entradas o el Despacho del Departamento interviniente;
  • Ordenen medidas instructorias y/o de prueba, con excepción de las producidas de oficio por el organismo;
  • Contengan intimaciones o apercibimientos;
  • Dispongan la reanudación de plazos suspendidos;
  • Apliquen medidas correctivas o disciplinarias o dispongan remitir actuaciones a tal efecto a otras autoridades competentes o entidades con facultades de tal carácter; (Término sustituido por art. 4º pto. 4) de la Resolución General Nº 10/2005 de la Inspección General de Justicia B.O. 9/11/2005;
  • Dispongan la citación de personas extrañas al trámite;
  • Sean dictadas con carácter definitivo o interlocutorio;
  • Sean dictadas por el Inspector General de Justicia.

El oficio impuesto como certificado expreso con aviso de recepción ha sido previsto en el Decreto N° 1759/1972, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549. Este método de notificación que se implementará a través del servicio de «Confronte y sellado» del Correo Argentino, otorga certeza no sólo de la recepción por parte del particular, sino también del contenido del acto administrativo.

Fuente: http://www.jus.gob.ar