Jurisprudencia: especificaciones en materia de notificaciones en el procedimiento de divorcio
SÍNTESIS. Sobre la base de lo dispuesto por el art. 438 CCCN (que en relación al procedimiento de divorcio establece que “Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta…”) y de la necesidad de que el cónyuge sea anoticiado de la petición de divorcio formulado por…