Novedades Normativas. Acordada 25/2021. Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El Tribunal de Justicia de la Nación dispuso lo siguiente en relación a la presencialidad.

1º) Disponer que a partir del 1° de noviembre del corriente año los acuerdos de Ministros volverán a desarrollarse de forma presencial, tal como ha sido tradición de esta Corte. El Tribunal, o su Presidente, podrán asimismo convocar a la realización de dichos acuerdos por medios virtuales o remotos, con la misma validez que la prevista en los artículos 70 y 71 del Reglamento para la Justicia Nacional.

2º) Establecer que la Corte Suprema se reunirá en acuerdo ordinario, en forma semanal, en los días hábiles que fije, por lo que se deja sin efecto la acordada 38/1990.

3º) Determinar que la suscripción de sentencias, acordadas y resoluciones dentro del ámbito de competencia territorial del Tribunal se realizará mediante el empleo de la firma digital. El Tribunal o su Presidente podrán disponer, con el mismo alcance, que esos pronunciamientos sean suscriptos de forma ológrafa.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal, en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe.

Horacio Daniel Rosatti – Juan Carlos Maqueda – Elena Inés Highton – Carlos Fernando Rosenkrantz – Ricardo Luis Lorenzetti – Héctor Daniel Marchi

e. 04/11/2021 N° 83855/21 v. 04/11/2021

Fecha de publicación en el Boletín Oficial 04/11/2021