Protección de la maternidad en el periodo de prueba

La sala VIII de la cámara nacional de apelaciones del trabajo en los autos: » CRUZ, SABRINA ANAHI C/ SUPERMERCADOS MAYORISTAS MAKRO S.A. S/ DESPIDO » Expte. Nº 68711/2015, se expidió sobre la protección de la maternidad durante el periodo de prueba. A partir de las consideraciones fácticas que motivaron la sustanciación del proceso, los integrantes de la sala, entendieron una conducta de mala fe por parte de la demandada, al cursar el despido de la demandante a causa de encontrarse embarazada. En sus considerandos la sala expresa: » …el período de prueba, que busca promover cierto tipo de contrataciones, facilitar la selección de personal, brindar al empleador la opción de valorar la idoneidad del trabajador, etc, no puede constituirse en un “bill de indemnidad” a su favor, para canalizar prácticas discriminatorias o disvaliosas…» Sustentado en las disposiciones de fondo (LCT arts. 17 y 81) y en tratados internacionales tendientes a desalentar practicas discriminatorias y brindar protección frente a ellas en favor de la protección de la maternidad y la salud de la mujer.