El máximo tribunal mendocino revocó una sentencia condenatoria por el delito de homicidio calificado por omisión impropia

SÍNTESIS.- El máximo tribunal provincial de Mendoza revocó una sentencia condenatoria por el delito de homicidio calificado por omisión impropia, donde se condenaba a una mujer por no impedir el homicidio de su hijo por parte de su pareja. El cimero tribunal anuló la sentencia por ausencia de perspectiva de género en la valoración de los hechos y en las consideraciones de la teoría del delito. Entendió que no se evaluó el contexto particular y general de violencia de género sufrido por la acusada, quién al ser mujer pertenece a un sector vulnerable de la población, y que la sentencia se apoyó en estereotipos negativos de género. Afirmó que esta perspectiva de género exige evaluar a nivel objetivo la posibilidad de evitación que la mujer tuvo para impedir los hechos delictivos, como así también analizar si su situación se encontraba inmersa en alguna causal justificante o exculpante. 

QUERELLANTE Y F. C/ ZURITA ABREGO JESUS M. Y ALCARAZ PEREZ MARIA FERNANDA P/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO (40710/18) (40710) P/ RECURSO EXT.DE CASACIÓN

Sumariado por el Dr. Juan Manuel Sánchez. Ayudante Fiscal Ministerio Público Fiscal Mendoza