La Suprema Corte de Justicia de Bs. As. revocó la declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997

SÍNTESIS.- Corresponde revocar la sentencia que declara la inconstitucionalidad de la ley 14.997 de la provincia de Buenos Aires y habilitaba que el reclamo por un accidente del trabajo pueda iniciarse directamente, sin previo paso por comisiones médicas, toda vez que no se ha acreditado infracción alguna al procedimiento fijado en el art. 104 y siguientes de la Constitución local como tampoco se han señalado irregularidades relacionadas con la integración y las mayorías para la sanción del cuerpo legal en tratamiento, de modo que no se ha trasladado mediante la técnica legislativa de adhesión a la ley nacional la potestad de conocer y decidir por los órganos a los cuales la Constitución provincial le atribuye jurisdicción sobre el asunto, pues no se advierte sustracción alguna a los órganos jurisdiccionales competentes en la materia, sino por el contrario, se trata de la incorporación de una etapa previa ante las comisiones médicas a fin de encausar un pronto abordaje de las pretensiones sistémicas.

Marchetti, Jorge Gabriel c/ Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente de trabajo, acción especial, Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, 13/05/2020

Fuente: Sistema Argentino de Información Jurídica