SÍNTESIS.- En el caso, la Alzada confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que revocó la sanción impuesta por haberse verificado en el caso, un supuesto de error excusable esencial, decisivo e inculpable, que excluyó la configuración del elemento subjetivo. Ello así por aplicación de la doctrina legal sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “El Marisco S.A.” (Fallos 332:1174) en cuanto a la posibilidad o no de deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el valor FOB de bienes exportados.
“Food´s Land S.A. c/Dirección General Impositiva s/recurso directo de organismo externo” Sala V, CNCAF. 26/05/16.
Sumario realizado por la Dra. Carolina Petraglia