Se prorrogó el Programa de Empleo Comunitario hasta el día 31 de diciembre de 2016

logo ministerio de trabajoPor medio de la Resolución 204 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del 25/04/2016, se prorrogó el Programa de Empleo Comunitario hasta el día 31 de diciembre de 2016. Asimismo se extendió la posibilidad de acceder a la cobertura prevista por el SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, instituido por el Decreto N° 336/2006, a las trabajadoras y los trabajadores que participen en el marco del programa.

A continuación el texto completo de la norma:

Resolución 204/2016

Programa de Empleo Comunitario. Prórroga.

Bs. As., 19/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.066.015/2002 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Empleo N° 24.013, el Decreto N° 336 del 23 de marzo de 2006, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 7 del 3 de enero de 2003 y sus modificatorias y complementarias, N° 502 del 29 de mayo de 2006 y sus modificatorias y complementarias, N° 61 del 15 de febrero de 2016, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 44 del 17 de enero de 2011 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Empleo N° 24.013 asigna al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL competencias para diseñar y ejecutar programas destinados a fomentar el empleo de aquellos trabajadores desocupados que presenten mayores dificultades de inserción laboral.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 7/2003, se creó el PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO destinado a trabajadores y trabajadoras desocupados que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, con el objeto de promover su participación en actividades que mejoren su empleabilidad y faciliten su inserción laboral.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 44/2011, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO, fijándose su alcance, destinatarios y operatoria.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 61/2016, se extendió la vigencia del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO hasta el día 31 de marzo de 2016 y se brindó a los trabajadores y las trabajadoras que participen del citado Programa la opción de acceder al SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO de base no contributiva, instituido por el Decreto N° 336/2006 y reglamentado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 502/2006 y sus modificatorias y complementarias.

Que el SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, de base no contributiva, tiene por objeto brindar apoyo a trabajadores y trabajadoras desocupados en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales, en su inserción en empleos de calidad y/o en el desarrollo de emprendimientos independientes.

Que este Ministerio se encuentra en un proceso de análisis, evaluación y reformulación de los programas y/o acciones de empleo y formación profesional a su cargo.

Que en atención a la situación de vulnerabilidad de la población destinataria y a fin de no interrumpir acciones en desarrollo, durante esta etapa de definición de nuevas herramientas de política de empleo y formación profesional, resulta pertinente extender la vigencia del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO hasta el día 31 de diciembre de 2016 y posibilitar el acceso de los trabajadores y las trabajadoras que participen en el citado Programa durante este nuevo período, a las prestaciones del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Empleo N° 24.013 y por los artículos 2° y 10 del Decreto N° 336/2006.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

Artículo 1° — Prorrógase la vigencia del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2016.

Art. 2° — Extiéndese la posibilidad de acceder a la cobertura prevista por el SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, instituido por el Decreto N° 336/2006, a las trabajadoras y los trabajadores que participen en el marco del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO durante el período establecido en el artículo precedente.

Art. 3° — Las trabajadoras y los trabajadores comprendidos en el artículo 2° de la presente Resolución, para acceder a la cobertura del SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO deberán reunir los requisitos y cumplimentar los procedimientos establecidos por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 502/2006 y sus modificatorias y complementarias.

Art. 4° — Las trabajadoras y los trabajadores comprendidos en el artículo 2° de la presente Resolución, dispondrán de un plazo máximo de CUATRO (4) meses, contado desde su último mes de participación en el PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO, para tramitar su adhesión al SEGURO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO.

Art. 5° — Facúltase a la SECRETARÍA DE EMPLEO a dictar las normas interpretativas, reglamentarias y/o de aplicación que resulten necesarias para la implementación de la presente medida.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. Triaca.