Nueva identificación para los contribuyentes del Convenio Multilateral

A los efectos de simplificar y unificar los datos de los sujetos inscriptos, por medio de la Resolución General nro. 03/2015, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció al N° de CUIT como única identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, lo cual entró en vigencia a partir del 1° de Noviembre de 2015.

Adicionalmente deberán considerarse los dígitos asignados como Jurisdicción Sede, la cual se identifica entre 901 y 924 de acuerdo a lo previsto en el Anexo de la citada resolución.

No será necesario la reimpresión de facturas que contengan el actual N° de Inscripción, ya que en las mismas está identificado el N° de CUIT que identifica a los contribuyentes convenientemente.

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