Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario: Buscadores de internet – Derecho a la intimidad – Prórroga de la competencia

Procedimiento contencioso administrativo y tributario. Jurisdicción y competencia. Prórroga de competencia. Telecomunicaciones. Defensa del consumidor. Buscadores de internet. Derecho a la intimidad.

Revocación de la sentencia de grado, y consecuente rechazo de la acción de amparo promovida por el actor, con el objeto de solicitar que se establezca un Procedimiento o Protocolo Interno de Protección al Derecho a la Intimidad (en adelante “PIPDI”) por parte de los proveedores de servicios de búsqueda y enlaces o motores de búsqueda en Internet domiciliados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de los resultados que posibilitan las búsquedas, por conculcar de forma manifiestamente ilegal y arbitraria el derecho a la intimidad de las personas en el ámbito de Internet.
Se destaca que al vincularse el planteo del recurrente con la incompetencia de este fuero en razón del carácter federal de la materia involucrada, la prórroga de la jurisdicción hacia la justicia local no puede basarse en el supuesto consentimiento de las partes o del tribunal, pues, según la doctrina jurisprudencial del Alto Tribunal, la competencia federal «ratione materiae» es improrrogable, privativa y excluyente de los tribunales provinciales (Fallos: 329:2790, 328:1248, 327:1211, entre muchos otros).
En el «sub examine», no se trata de atribuciones concurrentes entre la Nación y la Ciudad, pues el eje del debate se vincula con la materia federal, delegada por las jurisdicciones locales en el Gobierno Nacional, siendo por ende exclusiva de éste y excluyente de las autoridades locales (cf. arts. 75 inc. 13, 126 y 129, CN; «mutatis mutandi» CSJN, «in re» “NSS SA c/ GCBA s/ proceso de conocimiento”, del 15/07/14, expte. N. 271. XLVIII y N.273.XLVIII).
En el artículo 75, inciso 13 de la Constitución Nacional se establece que corresponde al Congreso de la Nación reglamentar el comercio con las naciones extranjeras y el de las provincias entre sí.

Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario. Causa Nro.: A352-2014-0. Autos: GIL DOMINGUEZ ANDRÉS FAVIO c/ DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR DEL GCBA Y OTROS Sala II. Del voto de Dr. Fernando E. Juan Lima, Dra. N. Mabel Daniele 25-02-2015.

 

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Fuente: Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.