Resolución General 3682 AFIP
Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.
Bs. As., 9/10/2014
VISTO la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma corresponde informar las nuevas designaciones de los agentes de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente: – Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:
“30-71451508-6 | TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL S.A.C.E I. – PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.E I. – GNEA – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS.” |
“33-71417971-9 | FONDO FIDUCIARIO PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS (FON.FI.CO.VI).” |
Art. 2° — Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de octubre de 2014.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.