Resolución General 3682 AFIP. Incorporación de contribuyentes al régimen de retención del impuesto al valor agregado

Resolución General 3682  AFIP

Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.
Bs. As., 9/10/2014
VISTO la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma corresponde informar las nuevas designaciones de los agentes de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente: – Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

“30-71451508-6 TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL S.A.C.E I. – PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.E I. – GNEA – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS.”
“33-71417971-9 FONDO FIDUCIARIO PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS (FON.FI.CO.VI).”
Art. 2° — Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de octubre de 2014.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.