Los padres de una menor que optaron por la medicina alternativa deben cumplir con el calendario de vacunación

SÍNTESIS.- Ordena a los padres ajustarse al calendario de vacunación obligatorio de sus hijos, en virtud de lo manifestado por los progenitores que desde hace dos años optaron por la medicina alternativa producto de una vacuna que a una de sus hijas les provocó reacción alérgica que casi la llevó a la muerte, por ello decidió no realizar el esquema de vacunación correspondiente a la edad de los niños. Entiende que la normativa vigente parte de la base de considerar al niño sujeto de derechos y no objeto que debe ser tutelado por sus representantes, esta nueva concepción no puede quedar librada a la voluntad de los particulares, siendo el Estado el garante de su efectivo cumplimiento. Entonces el niño como sujeto de derecho tiene los mismos derechos que las demás personas, pero con un doble plus protectivo debido a su condición de persona en desarrollo, lo cual lo sitúa en una mayor situación de vulnerabilidad respecto a los adultos. Así el derecho a la elección de una forma de vida encuentra su límite en la afectación de la salud pública y el interés superior del niño, que en este caso de acuerdo con la política pública sanitaria incluye métodos de prevención de enfermedades, entre las que se encuentran las vacunas.

Q. K .H.s/ situación (f)» – JUZGADO DE FAMILIA DE LUIS BELTRAN, Río Negro, 16/05/18

Fuente: Sistema Argentino de Información Jurídica