Jurisprudencia de la C.A.B.A.: Defensa del Consumidor – nulidad de la multa – prescripción de la acción

SÍNTESIS.- En el caso, corresponde hacer lugar al recurso directo interpuesto por la parte actora y en consecuencia, declarar la nulidad de la disposición del Director General de Defensa y Protección del Consumidor que impuso al actor una multa pecuniaria y la publicación en un diario, por infracción al artículo 46 de la Ley N° 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor).
En efecto, corresponde hacer lugar al agravio de la recurrente que planteó la prescripción de la multa, y declarar la nulidad de la disposición impugnada.
Cabe aclarar, que el «inicio” de las actuaciones administrativas como evento interruptivo del plazo de prescripción se originó a raíz de una denuncia efectuada con fecha julio de 2008, en virtud de la cual se arribó a un acuerdo conciliatorio un mes después.
Posteriormente, en septiembre de 2008, se denunció como nueva infracción el incumplimiento del acuerdo.
Dicha presentación, resultó interruptiva del plazo de prescripción en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la ley mencionada y comenzó otra vez su cómputo íntegro.
Sin embargo, entre la última fecha aludida y el día en que se aplicó la sanción por incumplimiento del acuerdo conciliatorio (4/1/12), ya había trascurrido el plazo de prescripción previsto en la ley, sin que se hubiese producido durante ese período, alguno de los actos interruptivos previstos en la normativa aplicable.

En el régimen de prescripción de la Ley de Defensa al Consumidor (Ley N° 24.240), la mención de “actuaciones administrativas o judiciales” no permite neutralizar el cómputo de los intervalos de tiempo que insumen la totalidad, o una parte, de la tramitación tanto de los procedimientos administrativos como de los procesos judiciales pues, el legislador, sólo contempló supuestos de interrupción y no lapsos suspensivos de la prescripción tal como surge del artículo 50 de ese cuerpo normativo.

Multipoint S.A. c/ GCBA, Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario, 19-05-2017

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Fuente: Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires