El planteo de un supermercado sobre una ley provincial no corresponde a la competencia originaria de la Corte

SÍNTESIS.- Determina que el planteo efectuado por una cadena de supermercados con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la Ley N° 13.441 de la Provincia de Santa Fe que ordena que los establecimientos comerciales y/o de servicios deberán permanecer cerrados los días domingos y feriados y además fija el horario de apertura y cierre de los mismos, no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema. Refiere que la provincia, mediante la Ley 10.787 adhirió a los principios de desregulación fijados el Dec. Nacional 2284/91, cuyo art. 18 suprimió toda restricción de horarios y días de trabajo en la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines, sin perjuicio de los derechos individuales del trabajador. En consecuencia, señala que la materia del pleito exige interpretar, aplicar y establecer el alcance de dicha norma de adhesión que integra el derecho público provincial y examinar la compatibilidad o no de las disposiciones de ambas normas locales.

COTO c/ Prov de Santa Fe, C.S.J.N., 26/04/2016

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Fuente: Sistema Argentino de Información Jurídica