CSJN: Queda firme la sentencia que reconoció a una adoptante la protección contra el despido por razones de maternidad.

«Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa A. G., M. E. c/ Alianza Francesa s/ despido», CSJN, 29 de septiembre de 2015.

SUMARIO. Despido por maternidad o embarazo. Guarda con fines adoptivos. Declara inadmisible, en los términos del art. 280 del CPCCN, el recurso extraordinario deducido por la empresa demandada contra la sentencia que consideró que la empleada que recibió la guarda de un menor con fines adoptivos y, dos meses después de ello, fue despedida, tiene derecho a percibir la indemnización agravada prevista en el art 178 de la Ley de Contrato de Trabajo para el supuesto de despido por razones de maternidad o embarazo. En el caso, la empresa había despedido a la empleada inmediatamente después de haber sido notificada de que ésta había obtenido la guarda preadoptiva de un niño. 

Fallo. Inadminisble. Recurso-de-hecho-deducido-por-la-demandada-en-la-causa-agme-c.-alianza-francesa-s.-despido.

FUENTE: www.infojus.gob.ar