La Corte dejó sin efecto una sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal por participar en la misma un juez que previamente se había excusado de la causa

«Sigra Villegas SA c/ Dirección General Impositiva s/ nueva reglamentación», C.S.J.N., sentencia del 4/11/14

La Corte dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que desestimó el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación confirmando la misma.

Para asi decidir destacó que en la sentencia recurrida había participado un juez, el Dr. Luis María Márquez que, previamente, se había excusdo de intervenir en la causa, incumpliendo las normas reglamentarias que determinan el modo en que deben integrarse los tribunales de la causa, originando un claro agravio al derecho de defensa en juicio (art. 18 de la Constitución Nacional).

Asimismo señaló que no modifica lo expuesto la circunstancia de que la decisión haya sido adoptada por unanimidad, pues los tribunales colegiados no pueden concebirse como una colección o sumatoria de opiniones individuales y aisladas de sus integrantes, sino como el producto de un intercambio racional de ideas entre ellos, de manera que no puede considerarse irrelevante la intervención del magistrado que se hallaba inhibido para entender en la causa en el acuerdo y deliberación que concluyó en el dictado de la sentencia.

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